dimecres, 31 de maig del 2017

El golpe se lo pegarán ellos




Sin embargo, el Gobierno español ha elaborado un informe donde examina la calidad democrática de Cataluña según el indicador más prestigioso del mundo que realiza la unidad de inteligencia de «The Economist». Este indicador de calidad democrática analiza 60 indicadores agrupados en cinco categorías: proceso electoral y pluralismo, funcionamiento del Gobierno, participación política, cultura política y democrática y respeto a las libertades civiles. En función de esos resultados, se clasifica a los países en cuatro grupos: democracias plenas, democracias imperfectas, regímenes híbridos y regímenes autoritarios.

Este es el resultado obtenido para Cataluña.

Proceso electoral y pluralismo

- Único fin. Referéndum de independencia.

- El TC ha dicho que es ilegal.

-Contrario a la Comisión de Venecia.

- Irregularidad en contratos en el ámbito secesionista.

- Ataques a las sedes del PP y Ciudadanos.

- La Corporación Catalana de Medios Audiovisuales vulneró el pluralismo en 2015.

- Ataques a organizaciones civiles.

Funcionamiento del Gobierno

- Decisiones en el Parlamento que no respetan el Estado de Derecho.

- Ponencias para redactar leyes de desconexión.

-Reforma exprés del Reglamento para una rápida ruptura con el Estado.

- Los contrapesos no funcionan.

- El Consejo de Garantías Estatutarias, ignorado.

- Advertencia del letrado mayor y del secretario general del parlamento, ignoradas.

- Existencia de «poderes paralelos», como la ANC y Òmnium.

- Corrupción en CDC.

- El expresidente Mas, condenado por desobediencia.

- Venezuela, único apoyo internacional.

Participación política

- 9-N: votó a favor menos del 30 por ciento del censo.

- Elecciones 2015: los secesionistas lograron el 47,74 por ciento.

- CIS catalán: solo el 40 por ciento apoya la independencia.

Cultura política y democrática

-Preocupación de los jueces por las «injerencias».

- Los Mossos denuncian su «desprotección institucional».

- Presión de la CUP a los Mossos y ataques a la Guardia Civil.

- Presiones a funcionarios públicos.

Libertades civiles

- Injerencias de la Generalitat en la libertad de información.

- Vulneraciones al derecho a la intimidad. 
-Sanción de la Agencia de Protección de Datos a la ANC y Òmnium.





“El derecho a decidir no existe en ningún ordenamiento jurídico europeo”

elCatalán.es se estrena con una entrevista a la reconocida catedrática de Derecho Constitucional en la UAB y catedrática Jean Monnet ad personam, Teresa Freixes.

¿Cuál es la trampa del “queremos votar”?

Los secesionistas, cuando promueven la idea de que la democracia es simplemente votar, saben perfectamente que ello sólo puede hacerse dentro del marco legal. No se pueden hacer elecciones en cualquier momento y sin atenerse a las garantías que deben acompañar al ejercicio del derecho al sufragio. Pues lo mismo sucede con los referéndums: Han de estar previstos constitucionalmente y regulados legalmente, de acuerdo con los estándares internacionales. Y las autoridades que los convocan deben garantizar que la opinión sobre o que se pregunta pueda expresarse, a favor y en contra, con igualdad de armas, además de permanecer (ellas) neutrales respecto del asunto.

¿Por qué en el resto de España hay tantos políticos que compran el mal llamado “derecho a decidir”?

Porque se insertan dentro de lo que podríamos considerar como un populismo demagógico que creen favorable a sus intereses. El derecho a decidir no existe en ningún ordenamiento jurídico. Lo que sí está regulado es el derecho de autodeterminación, para pueblos coloniales o sojuzgados y el derecho de secesión, a separarse de un Estado originario, conforme a reglas jurídicas preestablecidas. Ni una cosa ni otra es predicable de nuestro sistema jurídico, similar en esto al del resto de los Estados miembros de la Unión Europea.

(...)

¿Qué cree que pasará el 1 de octubre, la fecha escogida por Puigdemont para su “referéndum”?

Pues depende de si lo convoca o no lo convoca. Si no lo convoca, continuaremos estando en la misma indefinición en la que ahora estamos. Si lo convoca, será automáticamente recurrido por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Constitucional y, previsiblemente, éste aceptará a trámite el recurso, con lo que automáticamente quedará suspendida la convocatoria. En ese momento, si la Generalitat pretende saltarse la decisión del Tribunal Constitucional, volveremos a estar en el escenario en el que los responsables de actos de incumplimiento serán acusados de desobediencia y podrán ser suspendidos en sus cargos o multados por ello. Si aun así, la Generalitat y/o los partidos secesionistas realizan actos tendentes a que el referéndum se celebre, tal resistencia aumentará el grado de responsabilidad penal al respecto y, si se llegan a producir actuaciones de resistencia tumultuarias, se estará frente a un delito de rebelión. Hay que hacer una llamada a la responsabilidad de las autoridades, para evitar que la fractura social que ya se ha producido, pueda generar males mayores. ¿Con qué legitimidad, estas “autoridades”, van a exigir el cumplimiento de lo que lo que ellas ordenen cuando están llamando a la desobediencia civil? ¿Con qué autoridad se van a erigir cuando lo que están haciendo es, con todos sus elementos, un genuino golpe de estado?





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