REVISTA DE LIBROS.- Mi tesis es que la dualidad laboral que caracteriza al mercado de trabajo español obliga a unos trabajadores, los empleados temporales, a proporcionar la mayor parte de los ajustes del empleo y de los salarios requeridos por un sistema económico en continuo cambio. Estos ajustes serían más pequeños si se repartieran de forma más equilibrada entre todos los trabajadores.Samuel Bentolila es economista y profesor del Centro de Estudios Monetarios y Financieros
La dualidad laboral tiene también otras secuelas que conviene mencionar. La dualidad genera una rotación laboral desaforada. Actualmente, del conjunto de contratos cuya duración es predeterminada, que son alrededor del 60%, la mitad dura una semana o menos. No hay una buena justificación económica para semejante rotación, más allá del uso de una vía de ahorro de costes fomentado por la ley.
Vayamos ahora a efectos más generales. En primer lugar, la inserción laboral estable de los jóvenes tarda mucho en producirse: en el período 2008-2016, el primer contrato indefinido se consiguió, en promedio, tras haber transcurrido ocho años desde el inicio de la vida laboral. En segundo lugar, la temporalidad contribuye a reducir la productividad de las empresas y la adquisición de cualificación de los trabajadores, al reducir los incentivos que tienen las empresas para invertir en los empleados temporales. Y, en tercer lugar, hay razones para pensar que la dualidad también redunda en una mayor tasa de paro, debido a la renuencia de las empresas a aceptar el mayor coste esperado del despido que se produce tras la conversión de un contrato temporal en indefinido.
Si este diagnóstico es correcto, entonces podemos derivar dos tipos de posibles remedios de forma inmediata. El primer tipo de medida persigue luchar contra la dualidad, lo que puede hacerse por varias vías: 1) Introduciendo un sistema «bonus-malus» −como el que se utiliza en Estados Unidos− que eleve las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas que presenten un exceso de rotación laboral con respecto al promedio de su sector (independientemente de los tipos de contrato que utilicen); 2) Creando un fondo de capitalización −que existe en Austria y que se introdujo en la legislación española, pero nunca se activó− a través del cual la empresa realizaría cada mes una aportación a la Seguridad Social por cada empleado, que se acumularía en un fondo y que podría luego utilizarse para pagar una parte de la indemnización por despido al rescindir su contrato; 3) Implantando un «contrato único» indefinido, con indemnizaciones que aumenten con la antigüedad del trabajador, a la vez que se suprima la mayor parte de los tipos de contrato temporal, salvo algunos justificados, como los de formación y de sustitución temporal de trabajadores.
El segundo tipo de medida pretende elevar la flexibilidad salarial por dos vías: luchando contra la dualidad y fomentando una mayor respuesta de los salarios a la situación de las empresas, tanto al alza como a la baja. Un importante freno para ello es la extensión automática de las condiciones laborales fijadas en los convenios colectivos a todas las empresas del sector. Esta extensión coadyuva a que la desigualdad salarial sea menor, pero entraña unos costes significativos en términos del empleo. Una medida adecuada sería, por tanto, que sólo se extendiesen esas condiciones si las organizaciones empresariales y sindicales alcanzaran unos umbrales de representatividad altos, lo que no se exige actualmente (ahora el umbral es muy bajo para los sindicatos y a las organizaciones empresariales ni siquiera se les exige umbral alguno).
Estas propuestas no bastarían para aliviar todos los problemas que sufre el mercado de trabajo español. Como apunté en la introducción, otros asuntos de primera importancia son el aumento de la desigualdad salarial, el paro de larga duración y el bajísimo crecimiento de la productividad. La mejora de estos problemas también requeriría cambios en áreas como el sistema educativo y de I+D+i o las políticas de defensa de la competencia, por mencionar dos áreas cruciales.
Sin embargo, las citadas medidas sí contribuirían a la reducción de la tasa de paro estructural y de la volatilidad del empleo. Su efecto se vería potenciado si se combinaran con otras medidas de reforma institucional. En concreto, sería deseable un aumento significativo de la eficiencia de las políticas activas de empleo y la vinculación a estas de la percepción de prestaciones por desempleo. En la actualidad, las políticas activas de empleo son totalmente inoperantes. Por otra parte, contamos con evidencia empírica sólida de que la percepción de prestaciones por desempleo alarga la duración de los períodos de paro.
En un mundo de globalización y cambio tecnológico acelerados, se requiere tanto una mejora continua de las capacidades de los trabajadores como una red de protección suficiente durante los períodos de paro. Por ello, no parece oportuno reducir la generosidad de las prestaciones por desempleo, sino más bien tratarlas como prestaciones para la búsqueda de empleo, vinculando su percepción a la participación en programas de formación −si son necesarios− y a una supervisión por parte de las agencias de colocación del esfuerzo de búsqueda de empleo de los parados. La cooperación público-privada en este ámbito, habitual en otros países, podría ser muy beneficiosa.
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