dilluns, 14 d’octubre del 2019

Junqueras se cree Companys, pero solo tendrá que dormir en la cárcel


El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Fiscalía de que se aplique el artículo 36.2 del Código Penal a los condenados por el 'procés', que faculta a los tribunales para impedir el acceso al régimen penitenciario abierto o tercer grado antes de haber cumplido al mitad de la pena impuesta. Ergo, no es obligatorio que cumplan la mitad de la condena para que se les aplique el tercer grado. El juez de vigilancia penitenciaria es quien lo decide, y ya vimos lo que decidió con Oriol Pujol.



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