La autodeterminación como derecho no existe. Solo existe como principio. La libre determinación está recogida en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos pero no como derecho en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Liga de Naciones no lo consideró, ni como derecho ni como principio, mientras que la Carta de las Naciones Unidas lo incorporó solo como principio en el segundo párrafo del artículo 1 y en los artículos 55 y 56 de la Carta. Asimismo, en forma implícita, en los capítulos XI y XII de la misma.
Sin embargo, periodistas y políticos españoles parecen acomplejados frente a los que defienden la autodeterminación como 'derecho' de todos los pueblos. Parecen no tener más argumentos que el' no se puede'. Me permito reproducir este hilo de Twitter del periodista Juan Cla de Ramón por su concreción, claridad y simplicidad:
ARGUMENTO COMPARADO. Quebec y Escocia no tienen derecho a la autodeterminación. En sus países la autodeterminación es una posibilidad, no un derecho. Es la doctrina del TS en Canadá y lo deducible del necesario permiso de Westminster en UK. Si es derecho, no hace falta permiso
ARGUMENTO COMPARADO 2. En todo caso, Canadá y UK son excepciones. La práctica totalidad de las democracias se fundan en el principio republicano de indivisibilidad del territorio (FR, IT, ALE). Si un independentista habla de la excepción, replíquese con la regla general.
OBJECIÓN FORMALISTA: La ley democrática española no contempla el derecho de autodeterminación. Está bien recordarlo. Pero no nos podemos quedar aquí, porque siempre se podrá preguntar que por qué no se facilita el cambiar la ley. Tiene más fuerza la OBJECIÓN SUSTANTIVA
OBJECIÓN SUSTANTIVA por PRINCIPIOS: La secesión en democracia consiste en decirle a la gente que elija a los conciudadanos que desea conservar y a los que desea convertir en extranjeros. Nunca puede pasar este trance por algo progresista. En lugar de dar derechos, los quita.
OBJECIÓN SUSTANTIVA por PRINCIPIOS: El ideal democrático nos alienta a compartir una ciudadanía por encima de las diferencias. Discriminar por cultura o lengua no es mejor que hacerlo por clase, raza, sexo u orientación sexual. En democracia, autodeterminarse es autosegregarse
OBJECIÓN SUSTANTIVA por CUESTIONES PRÁCTICAS 1: El referéndum puede ser instrumento válido para ratificar acuerdos previos deliberados y meditados. No para DECIDIR materialmente un asunto difícil, y menos si es divisivo/existencial. No resuelve el problema. Brexit docet
OBJECIÓN SUSTANTIVA por CUESTIONES PRÁCTICAS 2: En un referéndum, sobre todo de ese tipo, TODOS nos portamos como ENERGÚMENOS. Se miente, se manipula, se insulta, se enfrenta a amigos y a familias, se dejan heridas gane quien gane. No quiero ver pasar a mí país por ese trance
CONCLUSIÓN. Hay que pasar del NO SE PUEDE al NO SE DEBE. No es democrático (hace extranjeros), no es progresista (reduce las oportunidades) y no es civilizado (se miente como un bellaco). No es que nos parezca ILEGAL (que también), sino que nos parece INJUSTO y, en suma, MAL.
CODA: Para los que preguntan por el SUJETO. De sobra es sabido que la democracia no decide sobre las fronteras de la comunidad, que es asunto previo. Quien viviendo en democracia quiera CAMBIAR DE SUJETO que vuelva a nacer en el SIGLO XIX que es cuando se decidían estas cosas