dimecres, 27 de març del 2019

La Audiencia reabre la causa del espionaje político de los Mossos





El juzgado de instrucción número 19 de la Audiencia provincial de Barcelona ha publicado este miércoles un auto en el que ordena reabrir la causa sobre el espionaje al presidente de Societat Civil Catalana, Josep Ramon Bosch, por parte de los Mossos d’Esquadra.

Tras el sobreseimiento de la causa dictado el pasado 3 de julio mediante otro auto, Bosch presentó un recurso que fue admitido a trámite y en este momento el juzgado considera que debe prosperar porque hay “elementos indiciarios suficientes para continuar las actuaciones”, que están detallados en el auto. El juzgado, por tanto, ha revocado la resolución provisional dictada en julio del año pasado y proseguirá el curso de la investigación de la causa.

Desde Societat Civil Catalana consideran que es de vital importancia que la justicia esclarezca los hechos lo antes posible, dado que, en caso de que quede demostrado que se emitió la orden de espionaje y se efectuó, se trataría de una decisión y una acción antidemocrática y propia de regímenes totalitarios que la entidad condenaría de forma flagrante.




El gran engaño de la colusión Trump-Rusia que el FBI y los grandes medios fabricaron contra Trump




Que la investigación de Mueller terminaría como ha terminado, lo sabía todo aquél que no quería engañarse. Los demócratas eligieron el engaño para intentar destruir a Trump y deponerlo como presidente de EEUU, tras el inesperado y humillante revés electoral que sufrió Hillary Clinton.

Pero si el 'vale todo' es especialmente grave para la buena salud democrática de una nación, más lo es todavía que el grueso de la prensa y la televisión sea la que haya liderado ese engaño, dando la razón a Trump cuando los acusa de haberse convertido en el partido de la oposición. The Wall Street Journal lo ha titulado así: 'Un fracaso catastrófico de los medios'.

El relato de la colusión Trump-Rusia ha sido desde el principio falso, ridículo e insostenible. Visto en perspectiva, parece una película de La Pantera Rosa, pero sin la gracia que le daba Peter Sellers a su inspector Clouseau.

Todo empezó hace tres años cuándo el ex agente británico del MI-6, Christopher Steele, redactó un documento con los chismes que contaban los rusos sobre Donald Trump, especialmente el de las supuestas imágenes comprometedoras de su viaje a Moscú. Con todo eso, Steele redacta un fantasioso relato en el que los ex soviéticos le hacen un chantaje a Trump consistente en ayudarlo a ganar la presidencia a cambio de favores futuros. 

Sabemos hoy que el documento de los chismes fue patrocinado por una empresa consultora llamada Fusion GPS cuyo fundador, Glenn Simpson, era en realidad el jefe del agente secreto inglés Christopher Steele, el cual lo compartió con el FBI en 2016 como "fuente confidencial".

Marc E. Elias, el abogado que representaba a la Campaña de Clinton y al Partido Demócrata, proporcionó a Fusion GPS los fondos para financiar a Christopher Steele entre abril y octubre de 2016, días antes de la elección presidencial en Estados Unidos.

El impacto mediático del documento de los chismes llevó al entonces director del FBI, James Comey, a comparecer ante la Cámara de Representantes. Bajo juramento, Comey declaró que nada de lo contenido en el documento había podido ser corroborado. Sin embargo, ello no impidió que altos funcionarios del FBI y del Departamento de Justicia solicitaran al Tribunal secreto de Vigilancia de Inteligencia Extranjera ( FISC ) autorización para realizar escuchas telefónicas a algunos miembros de la campaña de Trump.

El FBI ocultó al tribunal que ninguno de los hechos del caso Steele había sido contrastado, alegando falsamente que tenían las dos fuentes exigidas por la ley cuando solo tenía una. En otras palabras, el FBI utilizó falsificaciones para solicitar la orden de escuchas telefónicas. El fiscal que presentó la solicitud era Bruce Ohr, adjunto del Fiscal General y número dos del Departamento de Justicia, que casualmente era el esposo de Nellie Orh, que trabaja para Fusion GPS, lo que permite suponer que tanto el FBI como el ministerio de Justicia sabían de dónde venía el dinero que pagó el documento de Christopher Steele.

Tras la elección del presidente Trump y después de la renuncia del nuevo Fiscal General, Jeff Sessions, tras saberse que había mantenido reuniones personales con el embajador ruso Sergei Kislyak en 2016 cuando era senador, le sucedió en el cargo su número dos, el Vice Fiscal General Rod Rosenstein, que nombró a Robert Mueller, un abogado ex director del FBI, como Fiscal Especial para dirigir la investigación sobre la supuesta colusión entre Trump y Rusia.

Legalmente, Trump tenía poder de despedir al Fiscal Especial Mueller en cualquier momento y poner fin a la investigación. Pero no lo hizo, aunque siempre tuvo fuertes reservas sobre la legitimidad de la investigación, ya que estaba contaminada de orígen y porque Robert Mueller se rodeó de colaboradores muy competentes pero todos demócratas. Precisamente por este motivo -las reticencias de Trump- la investigación de Robert Mueller se amplió a la cuestión de si el presidente había interferido o obstruido la acción de la justicia .

De su investigación, el fiscal especial ha deducido responsabilidades penales contra 34 personas (7 estadounidenses, 26 rusos y un holandés) y tres organizaciones rusas. Los 7 estadounidenses son todos contribuyentes a la campaña del presidente Trump, pero ninguno ha sido acusado de conspiración con Rusia. Las acusaciones contra ellos son por evasión fiscal, obstrucción o falso testimonio. Hechos muy graves pero ninguno de los cuales tuvo lugar durante el ejercicio de sus funciones en la campaña presidencial.

Después de dos años de investigaciones, el Fiscal Especial Robert Mueller entregó este fin de semana su informe definitivo al Fiscal General de los Estados Unidos, William P. Barr. A pesar de que el informe no es público por contener secretos de estado, se dispone de un resumen escrito por los abogados del Departamento de Justicia que ha sido presentado a las comisiones parlamentarias correspondientes del Congreso de los EEUU.



Carta del fiscal General de EEUU, William P. Barr, a los presidentes de las comisiones parlamentarias sobre el informe final del Fiscal Especial, Robert Mueller

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P.D.- Muchos de los datos obtenidos para la redacción de este post han sido extraídos de aquí.

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Jornada 23 del juicio del procés. En directo desde el Tribunal Supremo





dissabte, 23 de març del 2019

Cuando el Supremo dio la razón a Vox sin pretenderlo sobre la Ley de Violencia de Género


El gran peligro del populismo es que en algunas cosas tiene razón. Y no solo en cuestiones triviales o irrelevantes sino también en temas importantes. Si les quitamos la razón cuando la tienen, por el simple hecho de ser populistas, la gente tenderá a creer que tienen razón en muchas otras cosas y les votarán. Lo peor que pueden hacer los otros partidos, tanto del centro derecha como del centro izquierda, es actuar reactivamente ante sus propuestas. Es lo que le ha pasado a Ciudadanos, que inicialmente mantenía una posición parecida a la de Vox respecto la Ley Integral de Violencia de Género y luego se desmarcó sin llegar a aclarar exactamente qué posición había adoptado.

Esto viene al caso de la sentencia que, el pasado mes de enero, falló el Tribunal Supremo y que viene a decir pràcticamente lo mismo que dice Vox respecto a la Ley de Violencia de Género. Pese a su importancia, la sentencia tuvo un eco relativo en la prensa convencional, y muy poco respecto al precedente que sentaba. Matthew Bennett (@matthewbennett), tal vez el mejor periodista freelance de España en la red, resumió y contó con rigor y eficacia la trascendencia de la misma. Lo hizo en el siguiente hilo en su cuenta de Twitter:

El Supremo falla que un hombre reciba seis meses de cárcel por lesiones de menor gravedad (153.1) y una mujer tres meses por el mismo delito (153.2) en una trifulca de pareja mutua en la puerta de una discoteca, sin denuncias y sin lesiones.
Aquí el 153.1 y el 153.2 del código penal:
Veamos un poco la sentencia. Los hechos: Zaragoza, diciembre 2017, discoteca La Viejoteca, pareja, discusión sobre cuando irse a casa.

Ella a él: puñetazo en el rostro
Él a ella: tortazo con la mano abierta
Ella a él: patada

Sin lesiones, sin denunciarse.
4. Diligencias urgentes en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, y al Juzgado de lo Penal. Éste en primera instancia ABSUELVE a los dos. A casa.
5. Es la Fiscalía quien recurre la sentencia, primero a la Audiencia Provincial, y luego al Supremo cuando la AP respalda al Juzgado de lo Penal, confirmando la sentencia absolutoria inicial.
6. La Fiscalía recurre por "infracción de ley […] por indebida inaplicación…", es decir, entendieron que los jueces debieron haberles condenado por esos hechos según esos artículos del Código Penal.
7. Tanto el Juzgado de lo Penal como la Audiencia Provincial entendieron que no procedía condenarles porque i) era mutuo y ii) no había lesiones o no es el más fuerte contra el más débil. La Fiscalía disiente y recurre.
8. La Fiscalía alegó, entre otras cosas, y hablando de las leyes sobre violencia doméstica o de género de 2003 y 2004, que:

- no se requiere dolo o intención
- los tribunales no pueden no aplicar la ley
- el Constitucional ha dicho que esto es constitucional
9. También aportó la Fiscalía sentencias del Supremo de casos anteriores que decían:

- "basta el maltrato de obra, aunque no origine ningún tipo de lesión"
- "la indiferencia del móvil"
- "es por completo indiferente que la motivación hubiera sido económica o de otro tipo"
10. La Fiscalía entendía que según la redacción de las leyes de violencia doméstica y de género, tocaba al acusado demostrar que era "totalmente ajeno a esa concepción" para evitar la diferenciación de penas. No hace falta una intención específica ni prueba especial de ella.
11. Fiscalía: "Acreditada la relación de pareja y que las agresiones se enmarcan en el seno de una discusión surgida en el contexto de esa relación, por más nimia o trivial que pudiera parecer en su origen, no existe razón legal alguna […] para dejar de aplicar el art. 153.1°"
12. La Fiscalía: por mucho que ella le haya dado un puñetazo en la cara, él no tiene derecho a contestar con un tortazo a mano abierta. Ella merece su condena, pero lo de él sigue siendo violencia machista, con mayor condena, según están redactadas las leyes.
13. El Supremo estima el recurso de la Fiscalía:

- se agredieron recíprocamente
- el comportamiento encaja perfectamente en la tipificación
- no hace falta probar dolo o intención
- el legislador quiso mayor pena para el hombre (153.1) que para la mujer (153.2)
14. Luego vienen varias páginas en las que el Supremo cita otras sentencias. Os pongo dos ejemplos, una del Constitucional y otra del Supremo, que intentan explicar el aspecto hombre-mujer, mayor-menor condena. Dudo mucho que el español de a pie entienda este razonamiento.
15. No hace falta demostrar la intencionalidad, pero al acusado se le deja intentar demostrar que NO fue por razones de género, desigualdad o machismo.
16. Otra sentencia que citan, del Supremo. En violencia de género, "es por completo indiferente que la motivación hubiera sido económica o de otro tipo". Basta con que i) estén en pareja y ii) se emplee la violencia.
17. Que no hace falta probar la intención de dominación o machismo:
18. Sobre el artículo 153: "En el apartado 2o no se exige que el sujeto activo sea una mujer, pero sí se exige en el apartado 1o que el sujeto activo sea un hombre".
19. El Supremo sobre por qué no hace falta demostrar la intención o el dolo: el legislador (los políticos) no quiso que fuera exigible.
20. Que el legislador y la tipificación no exigen "un elemento intencional o subjetivo de dominación o machismo" y "se está produciendo un exceso en la exigencia de la prueba a practicar" en las resoluciones que dicen lo contrario.
21. Las conclusiones del Supremo (i):

- No se puede absolver
- No hace falta probar el "ánimo de dominación o machismo"
- "La riña mutua no puede suponer un beneficio penal"
22. Las conclusiones del Supremo (ii):

- El resultado de la pelea no reduce la pena
- Una pelea mutua no reduce la pena
- La exposición de motivos de una ley no es la tipificación
23. Conclusiones (iii):

- Existe el delito
- Los hechos probados están
- Se podría aplicar una pena inferior
- La legítima defensa se puede valorar
24. Y conclusiones (última): aunque la mujer empiece la pelea, "y el hombre respondiera con un acto de maltrato igualmente podría existir un acto de dominación en el acto de la respuesta, pero ello no se exige tampoco, porque no es elemento del tipo".
25. Y de ahí las condenas. 6 meses para el hombre, 3 para la mujer, aunque ella en este caso efectivamente lo empezó, según la tipificación que quiso para la sociedad el legislador en su momento (2003, 2004).
26. La sentencia completa del Supremo ha llegado en pdf por correo, pero aquí la nota de prensa que ya han subido:
poderjudicial.es/portal/site/cg…
27. Y gracias como siempre por leer, comentar y compartir. Si valoras este tipo de hilo informativo, puedes apoyar un poquito mi trabajo aquí. Cada lector cuenta.
patreon.com/join/matthewbe…
Los comentarios mejor valorados en El Mundo y El País en la noticia sobre el fallo del Supremo: …pues entonces Vox.

El Pleno del Tribunal Supremo en sentencia de la que ha sido ponente el Magistrado Vicente Magro Servet considera, pues, que

1.- Cualquier agresión de un hombre a una mujer en la relación de pareja o ex pareja es hecho constitutivo de violencia de género.

2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.

3.- La Audiencia había considerado que en la agresión recíproca hombre y mujer es solo delito leve, pero el TS señala que no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo.

4.- En el hecho de agredirse la pareja solo deberá reflejar un golpe o maltrato sin causar lesión para integrar delito de violencia de género y violencia familiar respectivamente sin mayores aditamentos probatorios.

5.-Podría valorarse en cada caso si hubo legítima defensa en su respuesta agresiva, pero no puede dictarse una sentencia absolutoria si queda constatada la agresión mutua.

6.- Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.

Por ello, el Tribunal Supremo revoca la absolución de ambos que acordó la Audiencia y condena al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.


El magistrado y profesor de Derecho, Miguel Pasquau Liaño, desde una posición opuesta a la de Vox, está de acuerdo en que el Supremo le ha dado la razón al partido de Abascal:

Las consideraciones expuestas me llevan no tanto a criticar técnicamente la sentencia del Tribunal Supremo (que no se ha pronunciado sobre lo que “debe ser”, pues no es legislador, sino que sólo ha interpretado lo que “la ley quiere y dice”), sino más bien a concluir con pesadumbre que, en vista de esa interpretación, tiene sentido plantearse una reforma legal. Habría preferido que se hubiese interpretado la ley como propone algún voto particular (es decir, excluyendo el automatismo y exigiendo el matiz machista, o admitiendo la posibilidad de acreditar su inexistencia en el caso concreto), pero puesto que el Tribunal Supremo se ha pronunciado en sentido contrario, la mejor defensa de la existencia de tipos especiales para la violencia “machista” pasaría por exigir legalmente esa intencionalidad o matiz machista en el caso concreto. Lo contrario no hará sino suministrar (¡innecesariamente!) argumentos a quienes sostienen la tesis de que todas las violencias son iguales.

Quiero terminar con una confidencia.

Hace bastantes años, cuando llevaba muy poco tiempo en la carrera judicial, asistí en Sevilla a un curso de formación para jueces destinados en Andalucía. Uno de los ponentes (juez) disertó sobre la Ley Integral de Violencia de Género, que acababa de aprobarse. El ponente era radicalmente contrario a la filosofía de la ley. Se suscitó la cuestión de si para que hubiese violencia de género era precisa la intencionalidad machista, o si ésta había de presumirse en todo caso, automáticamente, puesto que la ley se expresaba en términos ambiguos (un acto de agresión “como expresión de la superioridad del varón”). El ponente dijo, creo que literalmente, lo siguiente: “Lo que debemos hacer es interpretar la ley de la manera más estricta y automática posible: así la haremos reventar”. El Tribunal Supremo ha seguido su criterio, aunque estoy seguro de que no movido por el mismo objetivo.

El problema es que la ley española no basa la asimetría en la diferencia de fuerza. Tsevan Rabtan

El legislador (con el aval del Tribunal Constitucional) dice que cualquier agresión de un hombre a su pareja (o expareja) femenina es peor porque todas las agresiones de hombres a mujeres en tal circunstancia son resultado de una pauta cultural universal. Si esto se hubiera incluido como agravante (es decir, que hubiera de ser alegado y probado) podría admitirse. Y podría considerarse que una agresión de este tipo fuese castigada más gravemente, en la medida en que incluye una mayor lesividad, un mayor efecto intimidatorio y un atentado superior a la dignidad de la víctima. Pero no se incluyó como agravante: se presumió en todo caso. Tan aberrante es esto, que el propio tribunal tuvo que admitir que ese desvalor no existiría si se probase que la agresión no se inserta en esa pauta cultural.

Es decir, el autor ha de probar que no concurre algo que agrava su conducta.

Justo lo contrario de lo que habíamos dicho siempre que era civilizado: que el Estado probase que concurría algo que agravaba la pena para poder castigar más duramente.

Claro está: esa prueba es más fácil si él es magistrado y ella notario.

Por último, destacar la aberración moral, intelectual y jurídica de considerar la violencia contra la mujer como violencia terrorista. Consideración que evidencia que el propósito del feminismo radical y de la izquierda regresiva es de carácter ideológico para hacer avanzar una muy concreta agenda política. Una agenda en la que todo vale para alcanzar sus objetivos.

No debe llamarse terrorismo machista al crimen de pareja. Baste recordar, con Ferlosio, que los terroristas no tiene nada personal con sus víctimas y que eso lo convierte en el asesinato más deshumanizado y abyecto. Hay otra obviedad, casi dolorosa de mencionar: el asesinato terrorista es inseparable de la propaganda. Es más el anuncio del hecho que el propio hecho. Y ningún asesino de mujeres mata por la propaganda. Es de risa que alguien pueda decir en España que la cuestión no se aborda con la suficiente profundidad y que no está en la primera línea del debate político. Pero esas frases son la introducción de una espesa falacia. Si en España han muerto asesinadas mil mujeres en 14 años, más han muerto en casi cualquier país de nuestro entorno, incluidos los nórdicos países ejemplares. Por el contrario, lo que sí tiene nítida denominación de origen y lo que ha sido por tanto un grave problema español han sido los mil muertos que el nacionalismo se ha cobrado a la democracia.



dimarts, 19 de març del 2019

En defensa de Arcadi Espada






Las declaraciones de Arcadi Espada en un programa de televisión acerca de los progenitores que, a sabiendas de que el embrión presenta anomalías genéticas o es susceptible de un mayor riesgo de trastornos metabólicos o neurológicos, llevan el embarazo a término, han dado lugar a un acoso que excede con mucho de los estándares de crítica que incluso él, un hombre que vive y escribe río arriba, se ve obligado a soportar.

En una actuación que convierte el acoso en persecución institucional, la Consejería de Asuntos Sociales de la Generalitat de Cataluña ha denunciado a Espada por un presunto delito de odio contra las personas con síndrome de Down. Aunque sea desmoralizador, aclarémoslo una vez más: Espada jamás ha hablado de “personas con síndrome de Down”, por lo que difícilmente puede haber propuesto su exterminio, como sostienen sus haters.

Lo que plantea Espada (a menudo, por cierto, preguntándoselo él mismo) alude al sobrecoste derivado de una atención necesariamente extraordinaria. Es decir, quién asume la factura de esa “libertad reproductiva”. En todo caso, si algo cabe inferir de esta reflexión de Espada es el mandato irrenunciable de procurar a todas las personas nacidas, incluidas por supuesto las aquejadas de síndrome de Down, una existencia digna.

En este debate, el biólogo y ensayista Richard Dawkins considera que “abortar porque se ha obtenido un diagnóstico de amniocentesis de síndrome de Down no es peor razón para abortar que hacerlo porque sí”. Y es que, como dijo el filósofo y bioeticista Peter Singer, la discusión sobre cuestiones bioéticas que atañen al aborto se ocupa de aquello que “la gente practica en la privacidad de las clínicas”.

Pero el silencio, y los tabúes, son siempre enemigos de la libertad. Que las instituciones de gobierno no tengan entre sus prioridades estimular este debate, por lo demás habitual en el campo de la filosofía moral y de la bioética, habla de la incuria que las domina. Ahora bien, que persigan penalmente a quien ha sido su introductor en España es un vil abuso de autoridad que en el caso de la Generalitat, además, apesta a venganza. No en vano, Espada es uno de los intelectuales españoles que más eficazmente ha combatido los nacionalismos, y no sólo de palabra: impulsor del manifiesto que inspiró la creación de Ciudadanos, a su empeño se debe también la plataforma Libres e Iguales, la única entidad cívica que se movilizó en las calles de Cataluña contra la consulta del 9N, antecedente de la del 1-0.

La denuncia de la Generalitat se añade a la querella que interpuso el día 1 de marzo de 2019, también por un presunto delito de odio, la Federación de Entidades de la Discapacidad Intelectual de Cataluña (Dincat). Asimismo, en enero pasado, la Crida LGTBI, perteneciente a la trama asociativa de la extrema izquierda independentista, denunció a Espada por un presunto delito de incitación al odio, y discriminación (homofobia), a raíz de la entrada de su blog en El Mundo “Aznar, sin complejos”, en que postulaba que al diputado de ERC en el Congreso Gabriel Rufián se le debía dispensar el mismo trato soez que él reserva a sus adversarios políticos.

Los firmantes expresamos nuestra solidaridad con Arcadi Espada, al tiempo que manifestamos nuestra preocupación ante la ofensiva de quienes, amparándose en la defensa de la moralidad, no aspiran sino a acomodar la discusión pública a sus mezquinos intereses, las más de las veces políticos.

Barcelona-Nueva York-Luxemburgo, 14 de marzo de 2019

José María Albert de Paco, periodista<br>
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Alan Sokal, científico estadounidense, profesor de Física en la Universidad de Nueva York y de Matemáticas en University College
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Borja Martínez, escritor, editor de la revista Leer
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Mercedes Casanovas, agente literaria
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Íñigo Coppel, músico
Ferran Toutain, escritor, traductor, crítico literario y profesor de Periodismo en la Universidad Ramon Llull
Juan Antonio Horrach Miralles, escritor y docente
Vidal Arranz, periodista
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Leyre Khyal, antropóloga y sexóloga
Diego de Schouwer, tuitero
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Bernardo Rabassa, presidente Club Nuevo Liberalismo Siglo XXI y del Club Liberal 1812 de Málaga
Gustavo Sanromán Vázquez, técnico cultural
Cayetano Martínez de Irujo, deportista olímpico y duque de Arjona
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José Carlos Rodríguez, periodista
Jordi Bernal Durich, periodista
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Juan Soto Ivars, periodista
Emilia Landaluce, periodista
Tsevan Rabtán, abogado
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Cristina Losada, periodista
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Salvador Sostres, periodista
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Mariano Gistaín, escritor
Juanjo Martinez Jambrina, psiquiatra
Marcos Gendre, periodista
Jesús Pérez-Lanzac, vicepresidente del Club Liberal 1812 de Málaga
Juan Antonio García Amado, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de León
Anna Nadal Burgués, presidenta del CRE de NY y consejera por EEUU del CGCEE
Blanca Berasátegui, directora de El Cultural
Luis Alberto de Cuenca, poeta
Diego Ríos, profesor universitario e Investigador Consejo Nacional de Investigaciones CientÍficas y Técnicas, Buenos Aires, Argentina
Manuel Fernández-Valdés, cineasta
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Camilo José Cela Conde, profesor emérito de la Universitat de les Illes Balears
Óscar Tusquets Blanca, arquitecto, diseñador, pintor y escritor
Sabino Méndez, músico y escritor
Jesús Cacho, editor y director de Voz Pópuli
Maite Rico, periodista
Sergio González Ausina, periodista
Jorge Ferrer, escritor
Berta González de Vega, periodista
Alberto Nahum García, profesor de Comunicación Audiovisual en la Universidad de Navarra
Carmelo Jordá, periodista
Chema Larrea, presidente de Volt Europa en España
Dolors Caminal, pintora
María Palmero, periodista
Luca Costantini, periodista
Manuel Toscano, profesor de Filosofía Moral de la Universidad de Málaga
Patricia Jacas, bibliotecaria
Patricia Jiménez de Parga Maseda, profesora de Derecho Internacional Público de la Universidad Complutense de Madrid
José Ramón Bauzá, ex presidente de las Islas Baleares
Pilar Rodríguez Losantos, consultora estratégica
Javier Benegas, periodista
Luis Martín Arias, profesor de Farmacología de la Universidad de Valladolid
Antonio R. Naranjo, periodista
Alfonso Galindo, profesor de Filosofía Política Contemporánea en la Universidad de Murcia
Enrique Ujaldón, profesor de Filosofía de la Universidad de Murcia
José Lázaro, profesor de Humanidades Médicas en el Departamento de Psiquiatría de la Universidad Autónoma de Madrid
Fernando Jiménez Sánchez, profesor de Ciencia Política de la Universidad de Murcia
Antonio Hermosa Andújar, profesor titular de Filosofía, Universidad de Sevilla
Nicolás de Pedro, senior Fellow, The Institute for Statecraft
Hermann Tertsch, periodista
Carlos E. Díaz, ingeniero aeronáutico, Berlín, Alemania
Ferran Caballero, filósofo
Mónica Paillet, One World Project Program Director, Nueva York, EEUU
Sofía Rincón, artista disciplinar
Ramiro Cibrián, cronista hípico, antiguo lector, Yale University
Andrés Trapiello, escritor
Miriam Moreno Aguirre, doctora en Filosofía
Alfonso García Figueroa, profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha
Antonio Peña Freire, profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Granada
Carmen Martínez Pineda, profesora y escritora
José Carlos Valverde, escritor y periodista
José María Marco, Universidad Pontificia de Comillas
Juan José R. Calaza, economista y matemático
Alberto G. Ibáñez, escritor y ensayista
Francisco José Llera Ramo, catedrático de Ciencia Política de la UPV-EHU
Fernando Vadillo, profesor de Matemática Aplicada de la UPV-EHU
Carlos Martínez Gorriarán, profesor de Estética y Teoría de las Artes de la UPV-EHU
Rebeca Argudo, periodista
Jesús Fernández Úbeda, periodista
Jerónimo Moreno Monforte, CEO
Ada del Moral, escritora
Pablo de Lora, profesor titular de Filosofía del Derecho de la UAM
Antonio Diéguez Lucena, catedrático de Lógica y Filosofía de la Ciencia de la Universidad de Málaga
Laura Sancho Rocher, catedrática de Historia Antigua de la Universidad de Zaragoza
Guillermo Garabito, periodista
Gema Lendoiro, periodista y editora
Teodoro León Gross, periodista y director de la Fundación y la Cátedra Manuel Alcántara
Ramon Fontserè, actor
Aitor Estalayo Álvarez, guionista
Javier Tajadura, profesor de Derecho Constitucional de la UPV-EHU
Carlos Martínez, economista
Guillaume Haeringer, profesor de Economía, Baruch College, Nueva York
Luis Antonio de Villena, poeta
Soledad Gomis, periodista
Ramiro Villapadierna, periodista
Júlio Béjar, escritor
Fernando Peregrín, ingeniero Superior de Telecomunicaciones jubilado. Escritor
Luis Lapuente, periodista musical
Yobana Carril, abogada
Camilo de Ory, escritor
Pablo Vázquez, escritor y guionista
Fernando García Alonso, director de investigación y desarrollo en la industria farmacéutic
Isabel Echevarría Isusquiza, profesora de Lengua Española de la UPV-EHU
Carlos Fernández Fonseca, economista
María Isabel Castaño González-Coto, funcionaria de Hacienda jubilada
Matías Uribe Cobo, crítico musical
Francisco Oya, profesor de Historia. Presidente de la Asociación de Profesores por el Bilingüismo
Ana Sharife, periodista
Xabel Vegas, politólogo
Luis Herrero, periodista
Pilar Nasarre, escritora
Carlos García-Mateo, 'Barcelonerías', escritor
Manuel Mostaza, politólogo
Josean Blanco, escritor
Víctor de la Serna, periodista
Lorena Parker, veterinaria
Fernando Maura, diputado de C’s en el Congreso
Pedro Insua Rodríguez, profesor de Filosofía
Francesc de Carreras, catedrático emérito de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona
Joaquín Leguina, economista y escritor
María Elena Blanco Prieto, profesora jubilada de EPA
Santiago Sequeiros, dibujero
Tomás Valladolid Bueno, doctor en Filosofía
Lino Camprubí, Universidad de Sevilla
Aurelio Arteta, catedrático jubilado de Filosofía Moral y Política de la UPV-EHU
Antonio Rodilla, periodista
Rafa Lahuerta, comercial
Jaime Gonzalo, periodista musical
Javier Cabezas Rodríguez, ingeniero de software, California, EEUU
Juan de Ávila González, comunicación política y corporativa
Javier Antón Morán, informático
Joan Vilaplana Martí, ingeniero civil
Puri Losada, empresaria
Carmen de Tienda, empresaria
Arturo Murillo Ávila, estudiante
Jordi Suñer Lefort, empresario
Nito Fontcuberta, empresario
Jaime Climent Dewit, empresario
Ana Bassat, arquitecta
Ángel Galán, médico jubilado
Enrique Gómez, electricista en paro
Elma González, politólog
AnaTe Martínez García, economista
Pilar Jaúregui,
Luis Suárez, diseñador
Yeray González Mancebo, estudiante
Eulalia Gervás, profesora y empresaria
Gonzalo Peñalosa, músico
Luis Artime, diseñador
Julio Albalad, profesor de secundaria
Joaquin Ronda Pérez, historiador y empresario
Salvador Perpiñá, guionista y escritor
Javier Arazola Gaudichon, cineasta, realizador de televisión y bloguero
William Ruiz Durán, contable
Pedro Gómez Carrizo, editor
Pedro Luis Ampudia, cocinero
Ramón Solanas Albaredam, técnico jubilado
Manuel Molares do Val, periodista
Rose Welz, abogada
Álvaro Boro, periodista
Marisa Serrano, periodista
Rosa Cifuentes, traductora
Sergio Pineda Palomino, estudiante de Derecho
Manuel Velasco, ingeniero
Javier López Vivas, periodista
José Manuel Masip Segarra, abogado
Virginia Gutiérrez, empresaria
Jorge Pedrosa, periodista
Braulio Madueño, profesor
Helena de la Vega Orduña, traductora jurada de alemán
Miguel Postigo, profesor de secundaria
Miquel Blasi García, profesor jubilado de Enseñanza Secundaria
Elena Suñé, ciudadana
Ambrosio García Leal, biólogo y escritor
Javier Divisa, escritor
José Antonio Fuentes Rodríguez, pintor
Joaquín Ruiz Morín, informático
Juan José Ruiz, periodista
Marta Guillermo, abogada
Marcela Hinojosa, jardinera
Óscar Bermejo, activista
Fernando Castelló, periodista
Santiago Campos, empresario
Pedro Gómez Calzada, profesor universitario
Manuel Molares do Val, periodista
Fernando Santiago, periodista
Jesús Barquín, catedrático de Derecho Penal
Montserrat Ginés, profesora jubilada de la Universidad Politénica de Cataluña
Luis Méndiz, sociólogo y educador, Reading (Reino Unido)
Judith Fernández, estudiante de Bachillerato
Maite Díaz González, fotógrafa
Genoveva Rius, desempleada
Carlos Ortega, periodista
Germán Hevia Martínez, sociólogo y doctorando
Santiago Rodríguez Guerrero-Strachan, profesor
Oscar Gómez Corbo, técnico de telecomunicaciones
Jorge San Miguel, asesor político y columnista
Fernando García-Romanillos V., periodista y profesor jubilado
Pepe Jordana, productor audiovisual
Pepa Labrador Barrafón, catedrática de lengua y literatura española jubilada y concejal de Cs en Reus
Juan G.-mauriño, arquitecto
Juan Bonilla, escritor
David Robert, ingeniero de software (Alemania)
Antonio Donaire González, catedrático de Química Inorgánica
Rubén Pina, ciudadano y escritor
Juan José Cabezas Salvador, técnico de mantenimiento de telecomunicaciones
Jesús Alfaro Águila-Real, catedrático de Derecho Mercantil
Enrique Padrino, consultor
Sergi Avilés, católico
Yago Campos, lingüista
Eduard Morell Caminal, economista
María Rivas, profesora
Mariana Boadella, empresaria
José Manuel Niño Yela, jefe de mantenimiento
José María Rosales, catedrático de Filosofía Moral y Política en la Universidad de Málaga
Fernando Azagra Díaz, abogado
Jose Pablo Pavón, ciudadano de a pie
Marcos Lorite Sánchez, estudiante de Bachillerato
José María Rojas Cabañeros, activista antisicofantes
Antonio Portero R., feriante
Elina Vilá, empresaria
Felipe Colavidas Espinosa, profesor de urbanismo
Josep Guixà, periodista
Chema Ledo Cabaleiro, médico de familia
Antonio Garcia, profesor jubilado
Margarita Núñez, administrativa residente en Reus
José M. Gavilán, profesor
José Vicente Guzmán Ares, abogado
Amparo Colavidas Espinosa, jubilada
Carlos Arias Villa, farmacéutico
Emilio Díaz Rolando, catedrático de Bachillerato
Daniel Orviz, publicista
Iñigo Casasayas Talens, abogado
Ignacio Fernández Bargues, retirado
Teresa Tendero, enceradora
Francisco Carretero Aranda, informático
Camilo Vázquez, profesor de secundaria
Manuel A. Rodríguez García, realizador tv
José Luis de la Cruz Murie, abogado
Fernando Valdeon Blanco, comandante de línea aerea
Maria Isabel Guma, empresaria
Pascual González, profesor de Filosofía
Jaime Potti, biólogo
José María Alía Robledo, profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha
Josep-Abel González, profesor de la Universidad de Gerona
José Gallego Parra, jubilado
Elena Valverde Pampillón, profesora de Literatura jubilada
Eduardo Pardo González-Nandín, doctor en Periodismo
Daniel Tercero, periodista
Carlos Garriga García, periodista y editor
Concha Mateos, profesora jubilada de la Universidad de ExtremaduraJesús R. Ortega, ingeniero
Javier Ruiz, psiquiatra
Leonard Giovannini, plagiario honrado
Antonio Ortiz Hidalgo, personal de administración de la Universidad de
Málaga
Alberto Honrado Pinilla, archivero y documentalista
Miguel Guasch Aparicio, ciudadano español
Jorge Martin, funcionario en la Administración del Principado de Asturias
Rafael J. de la Vega García, empresario
Enrique Herrera Arnaiz, jubilado, TAG y letrado de Diputación Provincial
Andrés Luengo, periodista
Gonzalo Peñalosa Cano, administrativo
José María Arroyo, funcionario de la Universidad de Valladolid
Santiago Yus Teruel, médico
Carlos  Pagán, vigía
Alfonso Giral Silió, profesor de Literatura
Enrique Gómez León, escritor y profesor de Filosofía
Enrique Fernández, jubilado
Victoria Tellería, hostelera jubilada
Arturo Cuenca, artista plástico cubano
José Jaime Frías Martínez, jubilado de la Administración General
Juan José de Diego, notario
Francisco Javier López García, economista y empresario
Ana Uceda, filóloga
Jorge Merino Hernández, profesor asociado de universidad y abogado de la Generalitat
Manuel Ramos Albaladejo, técnico informático
Lola Canales, ex presa y exiliada política y periodista
Inmaculada Puig, jubilada
Concha Fisac, arquitecto
Carlos Figueroa, estudiante de Musicología
Andrea M. Esteban, soy bioquímica e ingeniera farmacéutica en Cambridge (RU)
Carlos Azar Manzur, escritor mexicano
Álvaro García, empleado público de Aena
Ramón Estrada, mecanicista
Алиса З, характер
Silvia Castellanos, reina del románico y princesa del cocido
Pedro Fernández Fernández, jubilado
Soledad  Cobos, jubilada
Frank Candries, ingeniero químico
Rafael Fernando Segura, jubilado
Alfredo Pérez Rivilla, médico
Antonio Turmo González, profesor de Lengua y Literatura Españolas
Miguel Ángel González Manjarrés,  profesor titular de Latín de la Universidad de Valladolid y colaborador de Voz Pópuli
Jorge Grau, abogado
Antonio Amengual Arregui, abogado
Graciela Merigó, socióloga
Guillermo Passas Varo, abogado
Fernando Serra, periodista
Eva Espinosa, cuidadora
Isaías Naranjo Acosta, profesor universitario
Luis Faci, periodista
Enrique Morales Canorea, ingeniero
José Miguel García, oprimido
Sofía Navarro, cocinera histórica
Carlos Bayod Lucini, arquitecto y profesor adjunto de Conservación Histórica, Columbia University, Nueva York
Juan Molina González, arquitecto
Ricardo Sanz, físico
Concepción Martínez, bibliotecaria
Ander Domínguez Arrieta, profesor de Mátemáticas
Javier Barrientos, profesor de Bachillerato
José Sánchez Tortosa, profesor de Filosofía y escritor
Abel García Roure, cineasta
Ester Caminal, leyente de Arcadi Espada
Carlos Felipe Pérez, funcionario de Administración Local con Habilitación Nacional
Eduardo Suárez Alonso, editor
Alejandro Fernández Ludeña, filólogo 
Luis J. Campo Ramos, trabajador en la industria del automóvil