¿Qué consecuencias legales tiene la votación del Parlament?
EL PERIÓDICO.- El artículo 87 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional (TC) establece que “los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que [este órgano] resuelva”. A partir de ahí, según el artículo 92 del mismo reglamento, se pueden aplicar diferentes medidas de sanción. Entre ellas destacan, resumidamente, la imposición de “una multa coercitiva de 3.000 a 30.000 euros a las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplieran la resolución” y “acordar la suspensión de sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento” hasta que el TC decidiera el tiempo exacto de inhabilitación.
Centrando esos puntos en la votación de las conclusiones de la Comissió d’Estudi del Procés Constituent que quieren llevar a cabo JxSí y la CUP en el pleno del Parlament pese a la advertencia del TC, la relación causa efecto para castigar la desobediencia puede no ser tan directa en función de cómo se actúe. El apercibimiento del Constitucional incorporaba una mención explícita a la Mesa de la Cámara catalana, pero la intención de los grupos impulsores es quitarle la responsabilidad a ese órgano y diluirla en los diputados al plantear la votación en el pleno pidiendo la alteración del orden del día en el mismo hemiciclo.
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